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MAYO 2025

La fiscalidad de la vivienda en España, un sobrecoste del 25%

 

La fiscalidad sobre la propiedad inmobiliaria es de las más gravosas de la UE, lo que penaliza la adquisición y tenencia de estos activos, con la consiguiente menor oferta. Esta es la conclusión del Instituto de Estudios Económicos (IEE) sobre lo que pagamos en España por ser propietarios de una vivienda.

Los datos no dejan indiferente, la carga fiscal sobre la vivienda en España puede suponer en los casos más extremos un sobrecoste de hasta el 25% del precio final de una vivienda. Según estimaciones de ASPRIMA, hasta una cuarta parte del coste total de la vivienda corresponde a impuestos. Esta carga tributaria suma, aproximadamente, el 10% del precio final para el promotor y el 8,8% del coste total para el comprador, según el Consejo General de Economistas. Y, es más, la recaudación tributaria vinculada a la vivienda genera más de 52.000 millones de ingresos tributarios al año, lo que representa, aproximadamente, un 3,5% del PIB.

Impuestos más relevantes

  • Por tipo de impuesto, el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) es el tributo con mayor recaudación dentro del sector inmobiliario, representando cerca del 30% de la recaudación total por la tributación sobre la vivienda.
  • El IVA (10%) se posiciona como el segundo tributo con mayor recaudación, seguido por el IRPF.
  • En la compra de vivienda de segunda mano, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en España tiene un tipo general del 11%, de los más elevados de la UE, situándose solo por detrás de Bélgica y el Reino Unido. Dado que es un impuesto que depende de cada comunidad autónoma, no es igual en todas y de hecho el tipo puede alcanzar hasta el 13% en algunas comunidades autónomas como Baleares o el 11% en Cataluña, Comunidad Valenciana y Extremadura. Esto contrasta con el 6% establecido en Madrid, Navarra, Ceuta y Melilla.

Durante la tenencia del activo, España, junto con Noruega y Suiza, son los únicos tres países que aplican Impuesto sobre el Patrimonio neto. Por último, en la etapa de la enajenación de la vivienda, se resalta que, en el impuesto sobre las ganancias de capital, que grava las inversiones en vivienda, España presenta un tipo marginal máximo del 30%, situándose significativamente por encima del promedio europeo (16,4%).

La mera posesión de una segunda residencia conlleva una imputación de rentas inmobiliarias en el IRPF, lo que genera una tributación adicional sin obtener ingresos efectivos. Además, se ha de destacar que, en nuestro país, se calculan las ganancias patrimoniales derivadas de la venta de inmuebles sobre el valor nominal del activo sin ajustar por la inflación, tal y como se hace en otros países.

En el Impuesto sobre Sucesiones España encabeza la lista del tipo impositivo máximo de dicha figura con un tipo del 87,6%, muy por encima de la media del resto de los países representados, que se encuentra cerca de un 35%. Esta cifra sitúa a España como el país con la carga fiscal más elevada en este ámbito, superando, incluso, a Bélgica (80%) y a Francia (60%), que también presentan niveles altos de imposición.

La Comunidad de Madrid es la región con una menor presión fiscal normativa, lo que ayuda a generar mayores transacciones inmobiliarias.

En este contexto, el IEE da una serie de propuestas para mejorar la competitividad fiscal inmobiliaria en España. Las puedes ver en este enlace

 

 

 

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  FISCALIDAD VIVIENDA , ESPANA , UE , IBI , ITP , INSTITUTO DE ESTUDIOS ECONOMICOS , ASPRIMA , FOROCONSULTORES , CONSUELORDEPRADA , PRESION FISCAL

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