¿Conoces las ayudas para mejorar la eficiencia energética de tu casa?
El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ofrece desde 2024 y hasta el segundo trimestre de 2026 un Programa de Ayuda a las Actuaciones de Mejora de la Eficiencia Energética. Te contamos los pasos que debes seguir para obtener esas ayudas
¿Cómo ser beneficiario?
El programa financia actuaciones que consigan una reducción de al menos el 7% de la demanda energética de calefacción y refrigeración, rebajar el consumo de energía primaria no renovable un 30% o la sustitución de elementos constructivos de la fachada (envolvente térmica), como el cambio de ventanas.
¿Quién puede solicitar las ayudas?
Las ayudas van dirigidas a propietarios, usufructuarios y arrendatarios de viviendas habituales. Sólo se financiarán las actuaciones que se realicen en los domicilios habituales y permanentes de los propietarios, usufructuarios o arrendatarios, lo que podrá acreditarse mediante certificación o volante de empadronamiento.
Cuantía de las ayudas
El importe de la subvención será del 40% del coste de la actuación con un límite de 3.000 euros por vivienda. El coste mínimo de cada actuación ha de ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda.
Estas ayudas se podrán compatibilizar con las del programa de actuaciones de rehabilitación a nivel de barrios o con las del programa de rehabilitación integral de edificios, siempre y cuando quede acreditado que no se subvenciona el mismo coste. Asimismo, las subvenciones serán compatibles con cualesquiera otras ayudas públicas para el mismo objeto, siempre que no se supere el coste total de las actuaciones y no se destinan a abonar los mismos gastos.
Cómo se adjudican las subvenciones
Las Comunidades y ciudades autónomas serán las encargadas de ejecutar el reparto de las ayudas a través de convocatorias públicas mediante el procedimiento de concurrencia simple, es decir, por riguroso orden de presentación de las solicitudes hasta el agotamiento de los fondos.
Así, los gobiernos regionales fijarán los plazos para solicitar las subvenciones y decidirán si se abonan por anticipado o al final del proyecto. Eso sí, los anticipos se podrán abonar a petición del destinatario y no podrán superar el importe total de la ayuda que se vaya a conceder, ni destinarse a sufragar otros gastos.
- Acceso a las convocatorias de ayudas de las CCAA, Ceuta y Melilla en este enlace
Qué plazo hay para terminar las obras
El plazo para ejecutar las obras para la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en las viviendas no podrá exceder de doce meses, contados desde la fecha de concesión de la ayuda. En cualquier caso, las actuaciones objeto de financiación deberán estar finalizadas antes del 30 de junio de 2026.
Cómo se justifican las obras realizadas
Deberá realizarse ante el órgano Instructor en un plazo máximo de tres meses desde la finalización de las actuaciones. Para ello, deberán entregar, entre otras cosas, la memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
La verificación de la reducción del consumo de energía primaria no renovable y la reducción de la demanda global de calefacción y refrigeración, según corresponda, se realizará mediante la comparación del certificado de eficiencia energética de la vivienda antes y después de la actuación.
Todas las obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas también tienen sus deducciones en la declaración de IRPF
Suscríbete: