El alquiler de vivienda en el IRPF
En el anterior post, hablamos de las deducciones por vivienda habitual, ahora le toca el turno al alquiler en la declaración de la renta. Y en este artículo vamos a destacar el papel del propietario o arrendador.
Todos los propietarios que tengan viviendas alquiladas están obligados a declarar las rentas percibidas por el arrendamiento, ya que estos ingresos son considerados como rendimientos de capital inmobiliario.
¿Cómo se calcula?
Ante Hacienda se paga por los rendimientos netos. Es decir, lo cobrado menos los gastos deducibles. De esta cifra, se obtiene el rendimiento neto del arrendamiento, sobre el que se puede aplicar una deducción del 60% cuando los inmuebles alquilados estén destinado a vivienda habitual. Esta reducción no se aplica a los alquileres de apartamentos turísticos, de ahí que sea necesario aclarar este punto a la hora de hacer la declaración.
¿Qué se puede desgravar?
- Gastos de comunidad, administración y derramas: Puedes deducir las cuotas de la comunidad, del administrador de fincas, conserjería, jardinería, etc.
- Impuestos y tasas: IBI, la tasa de basuras, alumbrado, etc.
- Hipoteca. Los intereses de la amortización, no el principal de la hipoteca.
- Gastos de reparación y conservación
- Seguros que protejan la vivienda.
- Amortización del inmueble: Puedes deducir el 3% del valor de construcción por el desgaste del mismo.
- Impagos.
Más info en el artículo visto en IdealistaNews: Cómo tributa un piso en alquiler en la declaración de la Renta
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