No olvides los impuestos y otros gastos en la compra de tu vivienda
La compra de una vivienda conlleva una serie de impuestos y gastos que es necesario tener en cuenta e incluir en el precio final de la misma. Los más representativos, por su cuantía, son el IVA y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), ya sea vivienda nueva o usada. Pero hay más y de media suponen más del 10% del importe de la casa. Es bueno echar cuentas para ver cada caso concreto y no llevarse disgustos. En el blog de los Registradores desglosan todos los impuestos.
Vivienda Nueva
La vivienda nueva lleva IVA, que en este momento es del 10% del importe escriturado. En Canarias, el IVA se sustituye por el IGIC. Las plazas de garaje, hasta un máximo de dos unidades, y los anexos (trasteros) que se transmitan conjuntamente con la vivienda, tienen el mismo tipo de IVA que ésta. Cuando la compra no se realiza a la vez que la vivienda, se aplica el 21%.
Usada
Si se compra una vivienda usada, el impuesto que se paga es el ITP. Es un impuesto regulado por cada comunidad autónoma. Por ejemplo, en Madrid es del 6%, pero hay comunidades que tienen un rango en función del precio de la vivienda. Las familias numerosas pagan menos. De hecho, en la Comunidad de Madrid el ITP se reduce al 4%, siempre que el inmueble se destine a vivienda habitual.
En la siguiente tabla de Idealista puedes ver los diferentes impuestos por comunidades autónomas:

Datos Idealista
AJD
Actos Jurídicos Documentados (AJD) es otro impuesto que se paga por el hecho de hacer la escritura de compraventa en vivienda nueva. Se valora sobre el importe escriturado y depende de cada comunidad. Sólo quedan exentas algunas viviendas protegidas, dependiendo de los metros y el importe.
Pero además, cuando la adquisición de vivienda, ya sea nueva o usada, se realiza mediante un préstamo hipotecario, hay que abonar este impuesto sobre la escritura del mismo y el porcentaje depende del préstamo pedido. Gastos y comisiones de la constitución del préstamo
Otros gastos
- Gastos de Tasación. Su coste varía en función del valor de la vivienda tasada.
- Gastos de Notaría. Son los que se derivan de la intervención del Notario. Las tarifas de los notarios, denominadas aranceles, son aprobadas por el Gobierno.
- Gastos de Registro. Corresponden a los costes de inscripción de la compra en el Registro de la Propiedad. Están fijados legalmente y su importe depende del precio de la compraventa.
- Gastos de Gestoría. Proceden de la contratación de un gestor para que lleve a cabo todos los trámites derivados de una operación de compraventa.
Ahora toca coger la calculadora y sumar…
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